Resumen
Es un placer presentar la primera edición de la Revista Cubana de Finanzas y Precios del Volumen No. 4 correspondiente al año 2020, en esta ocasión con una síntesis del Balance de Trabajo Anual del organismo correspondiente al período 2019.A partir de este momento este espacio estará dedicado a la presentación de elementos financieros y contables con el propósito de contribuir a la difusión y estudio de los temas. La Administración Financiera del Estado Desde inicios de los años 90, Cuba se ha visto enfrascada en un proceso de transformaciones económicas, tanto estructural como institucional, impuesto por una sucesión de acontecimientos principalmente de índole externo, en especial el impacto de la desaparición del campo socialista.Como uno de los pasos más relevantes en el ordenamiento de las finanzas públicas, en abril de 1999, se aprobó el Decreto-Ley No. 192, De la Administración Financiera del Estado, cuyo objetivo principal es imprimir un mayor grado de transparencia, ordenamiento y de organización a todo el proceso de planificación, ejecución y control de los recursos financieros públicos, en función de las metas y políticas trazadas por el Estado.ComponentesLa Administración Financiera del Estado se define como el conjunto de principios, normas, sistemas, instituciones y procedimientos administrativos que hacen posible la obtención de los recursos públicos y su aplicación a los objetivos estatales, procurando la satisfacción de las necesidades colectivas de la sociedad y está integrado por los sistemas[1] siguientes:PresupuestarioTributarioDe TesoreríaDe Crédito PúblicoDe Patrimonio del EstadoDe Contabilidad GubernamentalEl Sistema Presupuestario está integrado por los procesos de elaboración, ejecución y control del Presupuesto del Estado a todos los niveles presupuestarios y, en la actualidad, presenta avances al tener como antecedente una cultura desarrollada en esta materia heredada de la aplicación de la anterior Ley Orgánica del Sistema Presupuestario del Estado.El Sistema Tributario no está expresamente regulado por el Decreto-Ley 192, sino en legislaciones especiales. Hasta el 2012 lo rige la Ley Nº 73 del Sistema Tributario, de fecha 4 de agosto de 1994, que es el régimen general tributario; medida adoptada como parte de la estrategia para revertir el profundo desequilibrio financiero por el que atravesaba la economía cubana. A partir de enero 2013 lo rige la Ley 113 que resume las experiencias anteriores e incluye el tratamiento tributario a las transformaciones que se llevan a cabo en la economía.El Sistema de Tesorería comprende el conjunto de principios, normas, recursos, organismos y procedimientos que intervienen en el proceso de recaudación y depósito de los recursos financieros, así como su canalización hacia el pago de las obligaciones del Estado.Sobre este sistema debe destacarse que su implementación se ha impulsado no sólo por la necesidad de una administración financiera eficiente, que incluya el flujo de fondos, sino por la reforma del sistema bancario del país, lo que ha obligado a trabajar aceleradamente en la aplicación de determinados principios de tesorería, que son los cimientos del Sistema de Tesorería que se aplica en el país.El Sistema de Crédito Público, entendido como el conjunto de principios, normas, instituciones y procedimientos que permiten al Estado endeudarse con el fin de cubrir sus necesidades de recursos, está en fase incipiente y continúan los estudios al respecto.El Sistema de Patrimonio del Estado está regulado por el Decreto Ley No. 227 Del Patrimonio Estatal y lo define como el conjunto de bienes y derechos sujetos al régimen de propiedad estatal socialista de todo el pueblo y los adquiridos, construidos o creados por el Estado.El Sistema de Contabilidad Gubernamental es el encargado de la recopilación, valuación, procesamiento y exposición de los hechos económico-financieros que tienen lugar tanto en el sistema presupuestario, de tesorería, de crédito público, de patrimonio, como en las empresas y unidades presupuestadas.Todos estos sistemas se encuentran en perfeccionamiento derivado de los lineamientos de los congresos del Partido Comunista de Cuba y la conceptualización del modelo económico cubano. Dr.Cs. José Carlos del Toro Ríos [1] El Decreto Ley No. 192 regula los sistemas Presupuestarios, de Tesorería, de Crédito Público y de Contabilidad Gubernamental. El Sistema Tributario aparece regulado por la Ley No. 113 y el de Patrimonio del Estado por el Decreto Ley No. 227.