Resumen
Los resultados de la investigación que se presentan en este artículo tratan sobre la teoría del equilibrio económico-financiero del contrato, a favor de ambas partes contratantes (Estado y contratista), también mal llamada reajuste de precios o regulación de tarifas, según el tipo de contrato, lo que no es otra cosa sino el efecto.
Este trabajo tiene por objetivo contribuir a la uniformidad terminológica y sistematización de dicha teoría, concluyendo que esta se basa en tres causales: a)teoría de la imprevisión, b)derecho de modificación y c)teoría hecho del príncipe. Esta última da lugar a un resarcimiento integral, lo que es tema de discusión para dirimir por el legislador, la jurisprudencia y los operadores jurídicos.
Asimismo, revela que en la práctica no es dogmática, sino dinámica, porque no siempre es suficiente una ecuación matemática de aplicación automática, sino que puede comprender uno o más factores relativos al precio, plazo, subvenciones o cualquier otro régimen económico como el valor actual neto o tasa interna de retorno, con la consecuente addenda ad referéndum para efectos ad solemnitatem y ad probationem, es decir, con la condición de ser aprobada por la autoridad competente para cumplir con las formalidades de ley y probar su validez, sin detrimento de una eventual sentencia judicial o laudo arbitral que vendría a prevalecer con carácter de cosa juzgada material; así como la justa y razonable tasación de precios horarios básicos máximos regulados para el pago por arrendamiento de maquinaria y equipo.