ARTÍCULO
TITULO

Sobre la necesidad de armonizar las leyes urbanísticas de las Comunidades Autónomas

Abel Enguita Puebla    

Resumen

"Como consecuencia de la aplicación del Art. 148.3 de la Constitución Española, que atribuye la competencia exclusiva en materia de ?ordenación del territorio, urbanismo y vivienda? a las Comunidades Autónomas, éstas se han ido dotando de leyes específicas en esta materia, que han ido introduciendo ?respecto de una legislación estatal común? numerosas disparidades, tanto en relación con los instrumentos de planeamiento y gestión del urbanismo y la ordenación del territorio, como en relación con las cargas y cesiones gratuitas impuestas a los propietarios.En consecuencia, en materia de urbanismo y ordenación del territorio, no sólo se ha producido una ruptura de la unidad de mercado en los sectores afectados, sino una indirecta desigualdad en los derechos de la propiedad ligados al suelo. Por otra parte ?a diferencia de otros países de la Unión Europea ? en España el Estado ha ido perdiendo la visión y control global de las transformaciones del territorio,con la consiguiente pérdida de eficacia en la planificación de las grandes infraestructuras nacionales, consumos de energía y aplicación de políticas de sostenibilidad diversas..."