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ARTÍCULO
TITULO

La responsabilidad extracontractual del Estado

Hugo A. Caldera Delgado    

Resumen

Nuestro tema lo constituye el estudio de la responsabilidad extracontractual de derecho común del poder público, es decir, la responsabilidad cuasidelictual fundada en la elaboración jurisprudencia1 del Consejo de Estado y de los Tribunales Administrativos, en lo que respecta a Francia. Esta responsabilidad de derecho común, nacida del juez administrativo, no es aplicable a los perjuicios causados por los servicios públicos de carácter comercial e industrial. La competencia respecto a ellos pertenece a los tribunales judiciarios -es decir, ordinarios, no administrativos- y el derecho aplicable es el común, el derecho privado. En Chile, las actuaciones de los servicios públicos industriales y comerciales están comprendidas en la noción de acto de gestión los que están sometidos a las reglas de derecho privado.

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