Resumen
Generalidades Los municipios llevan adelante en gran medida su función urbanística, que les encomienda la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, art. 3°,4°,6° y 24 y la Ley General de Urbanismo y Construcciones, mediante la aprobación y modificación en su caso del Plan Regulador Comunal, normado en el párrafo 4° del título II del D.F.L. 458, arts. 42 y siguientes.