Resumen
El presente artículo analiza la administración de determinados bienes nacionales de uso público. En concreto, tiene como objeto determinar cuál es el Organismo competente para administrar los caminos públicos, las vías urbanas y el subsuelo de cauce de río o estero. Para ilustrar lo anterior, hemos escogido, como casos a examinar, la instalación de atraviesos, paralelismos y acueductos en el subsuelo de cauces de ríos o esteros, ya que suele no existir claridad respecto de cuál entidad es la competente para autorizar su instalación, ya sea mediante un permiso o una concesión.