Resumen
Según la organización de las funciones del Estado que el ordenamiento constitucional chileno ha determinado, corresponde a un órgano ?el Presidente de la República? la realización y desarrollo de la función administrativa, esto es, y en términos generales y amplios, la satisfacción concreta de las necesidades colectivas (sea directa o indirectamente) a través del ejercicio de potestades de poder públicos.